La Modificación de Estatutos en una SL.

En una sociedad limitada el régimen de la modificación de los estatutos se encuentra bastante acotado.

La función primordial de la Junta General es la modificación de los estatutos sociales.

En cuanto al cambio de domicilio social es conveniente señalar que puede ser acordado por el órgano de administración siempre que se lleve a cabo dentro del mismo término municipal.

Para que se pueda aprobar la aprobación cualquier modificación de los estatutos sociales se requiere el voto a favor de más de la mitad de los votos que correspondan a las participaciones en que se divida el capital social de la mercantil.

Esta forma de aprobación se aplicará se aplicará siempre que los estatutos no exijan un porcentaje superior, pero en ningún caso puede exigirse unanimidad en la votación.

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Las sociedades limitadas requieren escasa inversión inicial (basta con un capital social de 3.005,06 Euros) e interesan a inversores que no puedan efectuar grandes desembolsos, no necesiten o prevean acudir a financiación pública (recordemos que las sociedades limitadas no pueden emitir obligaciones sin acceder a mercados bursátiles). Si se prevé la realización de aportaciones no dinerarias, recordar que en las sociedades limitadas no están necesariamente sujetas a la valoración de un experto independiente, lo que implica reducir costes en dichas operaciones de capital.

Facilitan el mantenimiento de una estructura de socios (familiar o de grupo de sociedades) cerrada, dificultando la entrada de terceros en el capital de la misma y redundan en un mínimo coste de gestión al poder evitarse la convocatoria de junta de socios en diarios (sirve una comunicación escrita a los socios), no es necesario publicar las modificaciones estatutarias acordadas, y poder mantener a los órganos de gestión de forma indefinida sin necesidad de renovarlos. Idóneas para las sociedades "holding" o "de cartera" al poder crearlas con las acciones de las sociedades filiales sin previo informe de valoración de las mismas por un experto independiente.

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Tipología de referencia del emprendedor:
Personas asalariadas que desean independizarse cuya motivación principal radica en la necesidad de independencia.
►Trabajadores por cuenta ajena y con frecuencia hijos de pequeños empresarios de motivación principal el acceder a un determinado estatus social, y, la empresa es el medio para conseguirlo.
►Personal técnico y cuadros que desean gestionar su propia empresa cuya razón que les lleva a establecer su propia empresa es la "idealización de un modelo de gestión que desean aplicar".